Ley de Derechos Educativos y de Confidencialidad de la Familia (FERPA)

 

Ley de Derechos Educativos y de Confidencialidad de la Familia (FERPA)

 

La Ley de Derechos Educativos y de Confidencialidad de la Familia (FERPA, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos otorga a los estudiantes ciertos derechos con respecto a sus registros educativos. Estos derechos incluyen:

  1. el derecho a inspeccionar y revisar los registros educativos del estudiante dentro de los 45 días a partir de la fecha en que LASPAU reciba la solicitud para acceder a estos.

El estudiante debe presentar ante el director de programas una solicitud por escrito que identifique el(los) registro(s) que el estudiante desea inspeccionar. El mencionado director programará el acceso y notificará al estudiante el lugar y el momento en el que se podrán inspeccionar los registros.

  1. el derecho a solicitar la corrección de los registros educativos del estudiante que este considere inexactos, engañosos o que de otra forma violen los derechos de confidencialidad del estudiante en virtud de la ley FERPA.

El estudiante que desee solicitar a LASPAU una corrección de un registro debe dirigirse por escrito al funcionario responsable del registro, identificar con claridad la parte del registro que el estudiante desea modificar y especificar el motivo por el cual debe modificarse.

En caso de que LASPAU decida no corregir el registro según lo solicitado, LASPAU notificará al estudiante la decisión por escrito y del derecho que tiene este a tener una audiencia sobre la solicitud de la corrección. Se proporcionará al estudiante información adicional relacionada con los procedimientos de la audiencia cuando se le notifique de su derecho a una audiencia.

  1. el derecho a brindar consentimiento por escrito con anterioridad a que la Universidad divulgue información personal identificadora de los registros educativos del estudiante, excepto en la medida en que la ley FERPA autorice la divulgación sin que medie consentimiento alguno.

LASPAU divulga los registros educativos sin el consentimiento escrito previo del estudiante en virtud de la excepción de la ley FERPA en relación con la divulgación a funcionarios que tengan un interés educativo legítimo. Esto comprende a las personas empleadas por LASPAU en puestos administrativos, de supervisión, académicos o de investigación, o de apoyo; compañías a las cuales LASPAU contrató como agentes para brindar un servicio; personas que cumplen funciones en la junta directiva de LASPAU; personas empleadas por el patrocinador del programa para estudiantes y personas o compañías a las cuales el patrocinador del programa contrató como agentes para brindar un servicio o con quienes LASPAU tenga la obligación de brindarles información en virtud de las disposiciones del contrato celebrado con quien financie el programa, y personas que se encuentren en universidades con las cuales LASPAU se contacta en nombre del estudiante. LASPAU no controla la divulgación de la información que realiza el patrocinador del programa para estudiantes. “Los intereses educativos legítimos” consisten en actividades que permiten que LASPAU lleve adelante su rol en el programa para estudiantes que administra.

La información de directorio, que en general es información que no se considera perjudicial ni que invada la confidencialidad en caso de su divulgación, también podrá divulgarse a organizaciones y personas que no pertenezcan a la institución en virtud de la excepción de la ley FERPA con respecto a la divulgación de la información de directorio.

  1. el derecho del estudiante a retener la “información de directorio” por medio de una solicitud escrita ante el director de programas de LASPAU. Se requiere una solicitud firmada para impedir la divulgación de la información o eliminar un bloque sobre la divulgación de la información. Ejercer el derecho a impedir la divulgación de la información de directorio no impide que LASPAU intercambie información del estudiante con personas que tengan un interés educativo legítimo.

LASPAU considera información de directorio lo que a continuación se detalla: nombre del estudiante, nombre del programa, patrocinador del programa, dirección postal, dirección permanente, número(s) telefónico(s), dirección de correo electrónico, campo de estudio, nombre de la institución anfitriona, departamento de la institución anfitriona, programa de grado, fechas de inscripción, fecha de graduación anticipada o real, estado de la inscripción, nombre de la institución principal, país de ciudadanía.

El estudiante podrá optar por no permitir que la información anterior según se le aplique sea designada como “información de directorio”, en cuyo caso LASPAU omitirá la totalidad de la información anteriormente detallada de los registros que contengan “información de directorio”.

  1. el derecho de presentar un reclamo ante el Departamento de Educación de los EE. UU. referido a la supuesta falta de cumplimiento de parte de LASPAU con respecto a los requisitos de la ley FERPA. El nombre y la dirección de la oficina que administra FERPA es:
Family Policy Compliance Office
U.S. Department of Education
400 Maryland Avenue, SW
Washington, DC 20202-5901